domingo, 23 de septiembre de 2012

PROYECTOS EN COLOMBIA PARA LA CONSERVACION Y PROTECCIÓN AMBIENTAL

Es obligación del Estado y de las personas proteger las riquezas culturales y naturales de la Nación, en concordancia con los artículos 79,80 y 95, numeral 8, que disponen que todas las personas tienen derecho a gozar de un medio ambiente sano; que es deber del Estado proteger la diversidad e integridad del ambiente y conservar las áreas de especial importancia ecológica; que el Estado planificará el manejo y aprovechamiento de los recursos naturales para garantizar su desarrollo sostenible, su conservación, restauración o sustitución; que además deberá prevenir y controlar los factores de deterioro ambiental, imponer las sanciones legales y exigir la reparación de los daños causados, y así mismo, cooperará con otras naciones en la protección de los ecosistemas situados en las zonas fronterizas; que es deber de la persona y del ciudadano proteger los recursos culturales y naturales del país y velar por la conservación de un ambiente sano.
 
Que el artículo 9o. de la Constitución Política establece que las relaciones exteriores del Estado se fundamentan en el reconocimiento de los principios del derecho internacional aceptados por Colombia, como el Convenio sobre Biodiversidad contenido en la Ley 165 de 1994, que prescribe en su artículo sobre la utilización sostenible de los componentes de la diversidad biológica, que se adoptarán medidas relativas a la utilización de los recursos biológicos para evitar o reducir al mínimo los efectos adversos para la diversidad biológica; que se protegerá y alentará la utilización consuetudinaria de los recursos biológicos, de conformidad con las prácticas culturales tradicionales que sean compatibles con las exigencias de la conservación o de la utilización sostenible; que se prestará ayuda a las poblaciones locales para preparar y aplicar medidas correctivas en las zonas degradadas donde la diversidad biológica se ha reducido; y que se fomentará la cooperación entre las autoridades gubernamentales y el sector privado en la elaboración de métodos para la utilización sostenible de los recursos biológicos.
 
Que son funciones del Ministerio del Medio Ambiente: regular las condiciones generales para el saneamiento del ambiente, el uso, manejo, aprovechamiento, conservación, restauración y recuperación de los recursos naturales, a fin de impedir, reprimir, eliminar o mitigar el impacto de actividades contaminantes, deteriorantes o destructivas del entorno o del patrimonio natural; expedir y actualizar el estatuto de zonificación de uso adecuado del territorio para su apropiado ordenamiento y las regulaciones nacionales sobre uso del suelo en lo concerniente a sus aspectos ambientales; adoptar las medidas necesarias para asegurar la protección de las especies de flora y fauna silvestres; tomar las previsiones que sean del caso para defender especies en extinción o en peligro de serlo; y regular la conservación, preservación, uso y manejo del medio ambiente y de los recursos naturales renovables en las zonas marinas y costeras; y coordinar las actividades de las entidades encargadas de la investigación, protección y manejo del medio marino, de sus recursos vivos, y de las costas y playas. Así mismo, le corresponde regular las condiciones de conservación y manejo de ciénagas, pantanos, lagos, lagunas y demás ecosistemas hídricos continentales. ( Artículo 5 numerales 2, 12 y 24, Ley 99 de 1993)
 
Que el artículo 128 inciso 1o. del Decreto 1681 de 1978 ordena declarar dignos de protección a los manglares, estuarios, meandros, ciénagas u otros hábitats similares de recursos hidrobiológicos. La función de prohibir, restringir o condicionar el desarrollo de actividades que puedan producir deterioro del ambiente acuático de los recursos hidrobiológicos. La función de prohibir , restringir o condicionar el desarrollo de actividades que puedan producir deterioro del ambiente acuático de los recursos hidrobiológicos corresponde, según el artículo 5 parágrafo 2 de la Ley 99 de 1993, al Ministerio del Medio Ambiente.
 
Que en la actualidad los manglares de Colombia están siendo intervenidos por acciones humanas en forma negativa debido a que son rellenados con tierra, escombros y otros materiales, y son objeto de talas indiscriminadas; que en muchos casos los manglares son utilizados como destino final de vertimientos industriales, humanos y agropecuarios; que según estudios científicos recientes, si en Colombia se continúa destruyendo el manglar al ritmo actual, en unos cuarenta (40) años este recurso natural desaparecerá en la totalidad del territorio nacional; y que en extensas áreas de la Costa Atlántica el manglar ha desaparecido por la acción humana.

 

ALGUNOS PROYECTOS

 

Manantial de Cañaverales: en asocio con Corpoguajira y con las comunidades del área, se protegerá el Manantial de Cañaverales y se formulará un plan de manejo ambiental con acciones específicas para los próximos cinco años. También se estudiará y se diseñará la ampliación del área protegida para garantizar la conservación de la cuenca aportante al acuífero de Cañaverales y de Cogollo.



* Selección de áreas de conservación: se seleccionarán una red de áreas de conservación que involucren los servicios ecosistémicos que se encuentren en el área de influencia de MPX.

* Conservación de las fuentes hídricas y servicios ambientales hídricos: este proyecto consiste en implementar un esquema hídrico y de biodiversidad en las cuencas que se encuentran en el área de influencia del Proyecto Minero Integrado de MPX en la Guajira. Este esquema contempla la construcción de un fondo local de agua para la conservación de las cabeceras hídricas.

* Áreas con potencial para Mecanismos de Desarrollo Limpio (MDL): se delimitarán las áreas con potencial global para proyectos MDL forestales.

* Turismo Sostenible: se buscará ofrecer alternativas económicas a las comunidades locales, étnicas y tradicionales a través de esquemas de ecoturismo sostenible.

* Manejo y conservación de flora y fauna amenazadas, endémicas o migratorias: Este proyecto busca implementar planes de manejo y conservación de especies amenazadas, endémicas y migratorias en alianza con Corpoguajira.

* Política Ambiental y Plan de Gestión Ambiental: CI asesorará a MPX en el desarrollo y la implementación de políticas y estrategias que reduzcan el impacto ambiental del Proyecto Minero Integrado.

* Fortalecimiento del conocimiento de la biodiversidad del Caribe colombiano: como actividad fundamental de este proyecto se financiará el desarrollo de inventarios de biodiversidad (plantas, mamíferos, reptiles, anfibios, peces y aves) en áreas clave y de importancia biológica y social del Caribe colombiano.


 

 


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